Julio Guzmán está a punto de ser excluido del
proceso electoral por deficiencias en el proceso de inscripción de su partido,
Cesar Acuña es el próximo en la lista por faltas al código de ética, y falsedad
en su hoja de vida, Alan García y Alfredo Barnechea han visto cuestionadas sus
listas parlamentarias.
Sus seguidores acusan al JNE de actuar
sospechosamente a favor de los candidatos competidores, y no les falta razón,
no puedo calificar a la actuación de los miembros del JNE en cuanto se ajusta a
ley; pero tachar a un candidato cuando está a mitad de la campaña electoral,
peor aun cuando las encuestas le dan una posición expectante, se presta
fácilmente a malas interpretaciones.
Esto no significa que estos candidatos pueden
sentirse inmunes a las determinaciones del JNE; ellos entraron a la competencia
bajo estas mismas reglas, si no estuvieron de acuerdo con ellas debieron hacer
su reclamación antes de inscribirse, ahora solo tiene que cumplirlas, pero
también corresponde determinar las deficiencias en el lado de las competencias
del organismo electoral.
Es cierto que nuestra democracia es joven, pero
ya deberíamos haber aprendido y rectificado los errores de forma que provocan
estos desajustes; es una deficiencia dentro del propio JNE lo que nos lleva a
enfrentar estas posiciones.
Debería estar entendido que el Jurado Nacional
de Elecciones es el representante del Poder Electoral, un poder autónomo y
decisivo del Estado, no es una oficina administrativa más, que solo recibe, tramita y archiva documentos; como
jurado está en la potestad de calificar a los partidos o agrupaciones
políticas, así como a sus alianzas y a sus candidatos, además de regular todos
los procesos electorales que se dan en el país.
Es sentido común que todo el proceso de
inscripción, reconocimiento y calificación de las organizaciones políticas y
sus candidatos debe cerrarse antes del inicio oficial de la contienda
electoral; el JNE tiene la obligación no solo de revisar las tachas que se
puedan presentar contra los partidos o sus candidatos, sino también investigar
y constatar, de propio motivo, la veracidad de los datos presentados por los
mismos, así como la moralidad, la transparencia de sus finanzas y la capacidad intelectual
de los candidatos, inclusive tomando entrevistas personales.
Si bien es cierto que el JNE debe ajustarse a
las leyes y a la Constitución, como cualquier otra institución del Estado, como
jurado calificador no necesita de la condena activa de un delito para dar su
veredicto acerca de un candidato, basta que se considere que hay evidencia
suficiente que señale la comisión de los delitos para decidir si un candidato
está calificado o no para postular a un
puesto de gobierno del país.
Con este procedimiento ni Alan García, ni Keiko
Fujimori, ni Toledo, ni Cesar Acuña, hubieran pasado el tamiz del jurado para
postular en este proceso electoral, y también se garantizaría la calidad de los
pretendientes a la primera magistratura del país.
No es aceptable que a mitad de una campaña se
intente descalificar a un candidato, todos los plazos del proceso deben
cerrarse antes del inicio de la campaña, cualquier dato descalificatorio que no
haya sido observado dentro de los plazos
establecidos, seria responsabilidad directa de los funcionarios del JNE por
negligencia en sus funciones.
En conclusión, debe ser función directa del JNE
investigar y calificar la probidad de las organizaciones políticas y sus
candidatos, antes de iniciar un proceso electoral; de esta manera se evitan las
maniobras sospechosas de manipulación política y empezamos a construir un
proceso transparente y justo, con candidatos intelectualmente capaces y moralmente
valorables.