miércoles, 13 de marzo de 2019

UNA LEY PARA ELECCIONES


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Los llamados partidos políticos han colapsado totalmente, los cambios sociales provocados en el proceso de globalización provocaron que este tipo de organizaciones políticas quedaran obsoletas, han fallado en obtener la representación legitima de la ciudadanía, sus estructuras se han llenado de oportunistas que usan la política para fines personales, por esto necesitamos que este nuevo tipo de organizaciones que están surgiendo, tengan los limites donde estas se van a desarrollar, de manera que aporten constructivamente a nuestra sociedad; por eso estamos discutiendo una nueva ley electoral.
Intentemos una aproximación a lo que deberíamos tener en cuenta en la elaboración de esta nueva ley.
1-    Las elecciones para presidente de la república, presidentes regionales, alcaldes provinciales y distritales recibirán candidatos a nivel de su área que demuestren residencia en la jurisdicción no menor de cinco años continuos.
a.    Esta norma garantiza que cualquier ciudadano que cumpla los requerimientos pueda postular al puesto.
b.    Asimismo, que sea un ciudadano reconocido en el área de su jurisdicción por el tiempo de residencia, evitando que ciertos candidatos puedan cambiar de residencia con facilidad para postular en otra jurisdicción.
2-    Para las elecciones para congresistas de la república, miembros del consejo regional, provincial o distrital, se asignarán los cupos asignados a cada área, de acuerdo a su población, determinando un distrito electoral por cada cupo, de tal manera se recibirán candidatos dentro de cada distrito electoral, que demuestren residencia en dicha jurisdicción no menor de tres años continuos.
a.    Con esta norma se trata de asegurar que los candidatos elegidos sean quienes recibieron la mayor votación en su distrito electoral, es decir que salgan elegidos por sus propios votos y no por arrastre de un porcentaje obtenido por el líder de una organización política.
b.    En cada distrito electoral saldrá elegido solo uno de los candidatos que se presenten en la contienda.
c.     Asimismo, que sea un ciudadano reconocido en el área de su jurisdicción por el tiempo de residencia, evitando que ciertos candidatos puedan cambiar de residencia con facilidad para postular en otra jurisdicción.
3-    Los candidatos a cargos públicos se inscribirán ante el JNE para cada proceso electoral presentando un padrón de firmas autenticadas con el uno por ciento de los electores de la jurisdicción en que postula; no podrán ser candidatos quienes tengan acusación o tengan condena por cualquier delito, los que hayan cumplido su condena no podrán postular hasta después de cinco años.
a.    Esta norma permite que cualquier ciudadano reconocido en su área pueda postularse para un cargo sin necesidad perentoria de pertenecer a una organización política que lo empuje a asimilar su doctrina. Es cierto que puede provocar una multitud de candidatos en primera instancia, la causa del surgimiento de muchos outsiders es que la ciudadanía esta harta del fracaso de este modelo político y esta en siempre en busca de alternativas, en cuanto el nuevo modelo construya nuevos liderazgos, las lealtades se harán mas fuertes y las alternativas se estrecharan.
b.     Asimismo, se pone un filtro para que no puedan postular a puestos públicos personas que cometen delitos.
4-    Los candidatos que sean elegidos no podrán ser reelegidos por un periodo consecutivo, los candidatos elegidos deberán levantar su secreto bancario y hacer una declaración de intereses.
a.    La no reelección es la base de una participación política mas amplia de la población, además aquellos que realmente hayan destacado en su gestión estarán ganando la posibilidad de reelegirse en un periodo posterior.
b.    El levantamiento del secreto bancario y la declaración de intereses es necesario para para la trasparencia de una gestión pública, es un principio que nadie debería cuestionar.
5-    Las autoridades elegidas podrán ser revocadas de su mandato por decisión del JNE al cometer una trasgresión o por un proceso revocatorio de su área, que puede ser iniciado recabando un cinco por ciento de firmas autenticadas por la ONPE.
a.    La revocatoria de autoridades es otro principio ineludible de una gestión publica trasparente, estas deben sentir que están en el cargo por decisión de sus electores y por ellos también puede ser destituido.
6-    Las autoridades revocadas de su mandato serán reemplazadas por el candidato que hay obtenido la segunda mayoría de votos en su jurisdicción.
a.    Esta norma hace respetar la decisión ciudadana que respalda con sus votos a los distintos candidatos, no votamos por partidos u organizaciones políticas, votamos por personas y estas deben responder a las expectativas que han creado para llegar al puesto.
7-    La propaganda electoral está prohibida en medios radiales, televisivos y de prensa escrita, así como los paneles, afiches y murales en la vía pública, esta será permitida únicamente en impresos no mayores del tamaño A-4. Las entrevistas periodísticas no pueden ser contratadas por pago pecuniario.
a.    Esta norma busca prevenir que unos candidatos tomen ventaja sobre otros solo porque tiene los medios para solventar millonarias campañas electorales, dando a todos ellos la misma oportunidad de obtener sus votos de acuerdo a la aceptación que logren obtener de la ciudadanía.
8-    La financiación de las campañas electorales solo puede provenir de personas naturales, no se permite donantes anónimos, no puede ser mayor de diez mil soles, o su valor en bienes o servicios, por persona; la rendición de cuentas ante la ONPE será permanente, todo financiamiento debe ser bancarizado, las actividades de recaudación de fondos serán fiscalizadas por la ONPE.
a.    El ingreso de dinero ilegal a las campañas electorales construye lealtades con intereses ajenos a la ciudadanía que luego desde el poder se paga con corrupción y prevaricato, esta norma busca poner una barrera a dichos fondos.
9-    Las trasgresiones de la norma de propaganda electoral conllevan a penas pecuniarias para todos los participantes en la falta, que deben ser honradas dentro de los diez días de emitida la penalidad, bajo riesgo de ser anulada su participación en al caso del candidato.
a.    El desarrollo de propaganda ilegal pone en ventaja a cierto candidato y la cantidad exigida como retribución debe estar de acuerdo con el daño cometido.
10- Las trasgresiones de la norma de financiación conllevan a penas desde prisión de los responsables hasta la anulación de su participación, si se demuestra el intento de ocultamiento del dinero ilícito se penalizará como delito de lavado de activos.
a.    El financiamiento de campañas con dinero ilícito tiene que ser penado severamente de otra manera no se pondrá freno a la corrupción.
11- Las organizaciones políticas o de cualquier índole podrán respaldar a los candidatos de su preferencia en cada distrito electoral, pero su apoyo financiero se regirá siempre por las normas descritas.
a.    Las organizaciones políticas no necesitan ser respaldadas por el Estado, su funcionamiento debe estar regido por las normas de instituciones privadas, ellas pueden presentar y respaldar candidatos en cualquier jurisdicción, pero la responsabilidad es personal para el candidato.
b.    La organización política que quiera apoyar financieramente a algún candidato solo puede hacerlo con los montos permitidos y a nombre de personas naturales como estipula la norma, de esta manera poneos filtro al dinero sucio que puede entrar en una campaña electoral.

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